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En Colombia, la Liga Profesional Femenina de Fútbol surgió en el 2017, casi 70 años después que su par, la Liga Masculina. Su confirmación se da después de una reunión entre la DIMAYOR (División Mayor del Fútbol Colombiano) y dirigentes de 16 clubes de fútbol del país, aunque con mucha incertidumbre sobre su continuidad. En el primer torneo entre equipos de fútbol femenino participaron 18 clubes y las campeonas fueron las Leonas del Santa Fe y las subcampeonas Las Opitas del Atlético Huila. En el 2018, el Atlético Huila logró participar en la Copa Conmebol Libertadores, luego de ser campeonas de la Liga, ganando por primera vez en la historia de Colombia este palmarés internacional venciendo al equipo Santos de Brasil desde el punto blanco de penales en un partido que durante los 90 minutos reglamentarios terminó empatado 1-1.
A los pocos días de este logro histórico para Colombia, la celebración se vio empañada por la desafortunada declaración de Gabriel Camargo, presidente del Deportes Tolima, quien, en rueda de prensa en el despacho del alcalde de Ibagué, afirma, refiriéndose al fútbol femenino en el país, que:
Las jugadoras de clubes deportivos, colectivas feministas y medios de comunicación rechazaron contundentemente la postura del directivo del Deportes Tolima, cuya declaración se hizo viral. Le pedimos a la Corte Constitucional hacerle un golazo al machismo y proteger los derechos fundamentales de las mujeres futbolistas
En vista de que ni la Federación Colombiana de Fútbol ni la DIMAYOR sancionaron al directivo por sus declaraciones y más bien consideraron la manera de clausurar la liga femenina de fútbol, el 26 de diciembre de 2018 la Defensoría del Pueblo interpuso una tutela que buscaba que Camargo, además de retractarse públicamente, impulsara medidas de inclusión, equidad y garantías para las mujeres futbolistas, misma que en primera instancia fue negada por un juez de Ibagué y posteriormente fue llevada a la Corte Constitucional para su respectiva sanción.
Varias organizaciones de mujeres intervinieron en este proceso: DeJusticia, la Mesa por la vida y la Salud de las Mujeres, Católicas por el Derecho a Decidir, Casa de la Mujer, entre otras, quienes le solicitaron a la Corte dictar medidas para acabar con la discriminación en el fútbol femenino y estudiar las declaraciones de Camargo, pues estas no eran expresiones pasajeras solamente, sino que demostraban la profunda desigualdad que sufren las mujeres en espacios que han sido dominados históricamente por los hombres, y vulnera los derechos fundamentales a la no discriminación, dignidad, honra y buen nombre de las mujeres futbolistas.
En un oficio remisorio, la Corte les pide a varias universidades, entre ellas a la Universidad de los Andes, que emitan sus comentarios frente al caso. Los profesores Alejandra Bello, José Fernando Serrano y Ricardo Nausa, del departamento de Lenguas y Cultura —los dos primeros con un enfoque en género y feminismo y el último en análisis lingüísticos— son los encargados de dar respuesta a este oficio.
El 23 de julio de 2021, la Corte Constitucional falló históricamente al considerar que los derechos fundamentales de las mujeres que practican fútbol fueron vulnerados con las declaraciones del máximo accionista del Club Deportes Tolima S.A., Gabriel Camargo Salamanca. La Sala resaltó que, si bien la Constitución protege el derecho a la opinión como manifestación de la libertad de expresión, este, como todos los derechos, tiene límites.
Además de establecer medidas correctivas, este fallo reconoce los actos de discriminación que reproducen la violencia estructural contra las mujeres en razón a su género u orientación sexual:
“… Primero, porque su opinión establece diferencias arbitrarias y humillantes respecto de un grupo poblacional de especial protección constitucional debido a su género y orientación sexual. Segundo, porque las expresiones del accionado responden a la discriminación estructural contra las futbolistas, la cual es producto de la naturalización y la consecuente invisibilización de comportamientos o actitudes sexistas y misóginas…».
La Corte Constitucional también hizo un llamado a la Dimayor y a la Federación Colombiana de Fútbol para que adopten medidas pedagógicas, capacitaciones, programas y campañas periódicas de sensibilización frente a la igualdad de género y no discriminación en la práctica deportiva.
“…Así mismo, se exhorta a los Ministerios del Deporte y de Educación y a la Consejería para la Equidad de la Mujer a diseñar un programa sobre derechos humanos de las mujeres: igualdad, no discriminación y eliminación de estereotipos que afecte o anule los derechos y las libertades fundamentales de las mujeres en los escenarios deportivos. Por último, se le pide al Congreso de la República que revise y actualice la ley del deporte, con el fin de incluir en ella garantías para la equidad de género, la no discriminación en razón del género en escenarios deportivos, la cero tolerancia con el acoso sexual en la práctica de los deportes, y todas aquellas medidas necesarias para avanzar en la garantía de los derechos de las mujeres deportistas.”
La sentencia, aunque sin efectos legislativos, incide en el ámbito jurídico, restringiendo el uso del lenguaje en el espacio público. Lo importante en este caso es su naturaleza, en razón al acto que expone ante la Corte un tema desafiante en tanto establecer los límites entre la libertad de expresión y la discriminación desde el ámbito jurídico resulta difuso, aunque está claramente establecido.
Este es el segundo fallo histórico que busca la garantía de los derechos de las mujeres futbolistas, el primero fue en 2018, luego de que un equipo de la categoría sub-10 de la liga Pony Fútbol fuera expulsado por tener una niña futbolista dentro de sus integrantes, en esa ocasión fue catalogado como un acto sexista y discriminatorio por razones de género.
Aunque se ha avanzado en gran medida con este fallo en temas de inclusión, equidad de género y no discriminación, la participación de clubes en el fútbol femenino colombiano presenta una baja significativa, teniendo en cuenta que en 2020 solo se confirmaron 13 equipos y para la liga de julio de este 2021 participan 11 clubes, razón por la cual las jugadoras de la Selección Colombia de Mayores emitieron en su momento un comunicado oficial expresando tener una profunda preocupación por el futuro del torneo, que, por falta de recursos solo duraría un poco más de un mes, en el marco de la polémica generada al conocerse que para el torneo del 2020 la Dimayor solo utilizó 900 de los 1.500 millones que le entregó el Ministerio del Deporte. Los esfuerzos por garantizar mejores condiciones de las mujeres en la esfera deportiva y en general por la equidad de género continúan.
https://www.youtube.com/watch?v=exu_RkgtyPg
La Sala resaltó que, si bien la Constitución protege el derecho a la opinión como manifestación de la libertad de expresión este, como todos los derechos, tiene límites.
Enlaces de interés
Universidad de los Andes | Vigilada MinEducación
Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 MinJusticia.
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Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 MinJusticia.