Editorial
Sylvia Sus
Los traspiés de los mecanismos de participación ciudadana: la consulta anticorrupción
El domingo 26 de agosto los colombianos nos dirigimos a votar por cuarta vez en menos de seis meses de lo que va del 2018. Sin embargo, esta vez no era una elección ordinaria, sino la inauguración de uno de los mecanismos de participación ciudadana a nivel nacional: la consulta popular. Los traspiés de todo tipo no se hicieron esperar.
Si bien después de una larga y caudalosa recolección de firmas y de una aprobación unánime en el Congreso se veía buen viento para la consulta, las dificultades empezaron a surgir al momento de la convocatoria a elección. En primera instancia, surgieron las preocupaciones sobre el abstencionismo, pues la apatía y el desinterés ciudadano dificultaban lograr cumplir el alto umbral del 33,3% del censo electoral. Asimismo, el poco apoyo de líderes políticos que fueron protagonistas de la política nacional en 2018 (Gustavo Petro, Sergio Fajardo, Germán Vargas), generó preocupación sobre la aprobación de la consulta y dudas sobre su relevancia. También las críticas enfocadas en tildar la consulta como innecesaria no se hicieron esperar: argumentos sobre los altos costos del mecanismo, la existencia de normas similares a las propuestas, y el retiro del apoyo del expresidente Álvaro Uribe Vélez fueron aspectos que aparecían como premonitorios del fracaso de la consulta.
Estas preocupaciones se vieron opacadas parcialmente las últimas semanas previas a la votación con el surgimiento de cuestionamientos de corte jurídico, concretamente sobre la viabilidad constitucional de las preguntas 1 y 7. La pregunta 1 planteaba la disminución de los salarios de los congresistas y altos funcionarios del Estado descritos en el artículo 197 de la Constitución; y la 7 se refería a la limitación de la reelección indefinida de congresistas y miembros de otras corporaciones públicas. Ambas pretendían modificar normas de orden constitucional (los artículos 187 y 132-133 respectivamente), y sobre esto se generó un largo debate en medios de comunicación y redes sociales que dio pie a una fuerte oposición.
Sobre esto es importante recalcar que, efectivamente, las consultas populares no pueden promover iniciativas inconstitucionales (artículo 21 L.1575/15). La Sentencia C-150 de 2015, referente a la ley estatutaria de mecanismos de participación ciudadana plantea expresamente que las consultas populares no pueden modificar la Constitución Política, pues el mecanismo idóneo para esto es el referendo constitucional. Si bien este argumento se utilizó para promover el abstencionismo desde el supuesto de que la consulta engañaba la voluntad popular para dar ventaja política de sus promotores, de haber sido aprobadas, se hubiese generado un fuerte impasse que iba a recaer, como normalmente ocurre, en la Corte Constitucional.
Hablo de impasse porque la ley de mecanismos de participación ciudadana (L. 1757 de 2015) establece que el órgano correspondiente para adoptar las medidas de obligatorio cumplimiento a nivel nacional es el Congreso (Art. 42, numeral c.), y que, si vencido el plazo de máximo un año no se expiden las normas necesarias, el Presidente de la República deberá, dentro de los 15 días siguientes, adoptar decretos con fuerza de ley para hacer efectiva la voluntad popular expresada en la consulta. Si, para el caso de la Consulta Anticorrupción (en el caso hipotético de que hubiese sido aprobada), hubiese habido incumplimiento por parte del Congreso, el presidente se habría encontrado con el dilema de tener que tramitar una modificación a la Constitución Política por medio de un decreto ley, lo cual, claramente no está contemplado dentro de sus poderes.
Para muchos la solución a esto estaba en el “vacío” relativo a la carencia de un control constitucional previo y automático a la convocatoria de elección, como sucede para las consultas en entidades territoriales. No obstante, las sentencias C-180 de 1994 y C-150 de 2015 recuerdan en que no está entre las funciones de la Corte -expresadas taxativamente en el artículo 241 de la Constitución-, realizar control previo de constitucionalidad a las consultas populares. Las anteriores providencias plantean expresamente prohibición de este control, pues solo existe posterior y para vicios de trámite y realización. Si se buscase cambiar esto, sería necesaria una reforma constitucional.
Es importante hacer énfasis en que lo sucedido con la Consulta Anticorrupción. Más allá de haber generado este debate, debe ser el inicio para impulsar la búsqueda de soluciones a esta situación, con el fin de evitar que se irrespete la libertad del votante. Los postulados de una consulta aprobada son de obligatorio cumplimiento, y dejar siempre este tipo de soluciones a la Corte Constitucional genera dilemas que profundizan el desencanto ciudadano hacia la democracia. Lo anterior, porque era claro que, de haber sido aprobadas, estas dos preguntas no habrían sobrevivido luego de su paso por la Corte, pues violaban postulados constitucionales. De haber sucedido eso, habría quedado en entredicho la voluntad popular.
Finalmente, es clave recalcar que, a pesar de no haber sido aprobada, no hubo un fracaso de la Consulta. En términos comparativos, considerando que no fue una elección ordinaria (donde hay cantidades de personas movilizando la votación y mucho dinero materializado en propaganda, así como comida, camisetas, ladrillos y otras formas de clientelismo), la votación de casi 12 millones de colombianos se configura como un hecho inédito en Colombia. La medida logró demostrar que los ciudadanos sí votan por cuestiones programáticas y no solo materiales o inmediatas.
Y un último traspié que dejo como pregunta: ¿violó la ley el Registrador al dar resultados parciales de la Consulta el domingo?
Análisis de investigación
Programa de Investigación de Política Exterior Colombiana (PIPEC)
Por: Damaris Paola Rozo López
El Programa de Investigación de Política Exterior Colombiana (PIPEC) es una iniciativa estudiantil creada desde el año 2016 en la Universidad de los Andes. Este programa promueve la interdisciplinariedad, la investigación y el interés por la política exterior colombiana. Cabe resaltar que el equipo de trabajo está compuesto por estudiantes de diferentes disciplinas tanto de pregrado como de maestría. Actualmente hay miembros de Ciencia Política, Derecho Internacional, Economía, Lenguajes y Estudios Socioculturales, Derecho, Construcción de Paz y Escuela de Gobierno.
En el PIPEC se ha estudiado la historia diplomática de la política exterior colombiana en relación a dos países del nordeste asiático: la República Popular China (RPCh) y Corea del Sur. El primer estudio realizado, que está en proceso de publicación en la Escuela de Gobierno, fue Política Exterior Colombo-China: Establecimiento de las Relaciones Bilaterales. Dicho documento tuvo el apoyo de Vicerrectoría de Investigaciones y, especialmente, del profesor Sebastián Bitar.
Para el segundo semestre de 2018, el profesor Víctor Mijares del Departamento de Ciencia Política apoya y asesora la investigación titulada Establecimiento de la Relación entre Colombia y Corea del Sur. La metodología de la investigación tiene cinco componentes: revisión de literatura, revisión de prensa, entrevistas semiestructuradas con embajadores y académicos expertos en política exterior colombiana, Corea del Sur y países asiáticos, organización y análisis de la información y escritura del documento.
La revisión de literatura y prensa se inició con el estudio de los antecedentes de la política exterior de Corea del Sur y Colombia, haciendo un rastreo histórico contextual nacional e internacional de los dos países desde 1920 hasta 1955. Así mismo, dentro de la revisión se detectó que para entender el establecimiento de la relación bilateral es importante tener en cuenta: 1) el papel de Estados Unidos; 2) la postura de los países latinoamericanos respecto a la guerra de Corea del Sur en el marco de Guerra Fría y la posición distinta de Colombia frente a esta coyuntura; 3) el estudio de las relaciones informales, ya que antes de la formalización de la relación bilateral se establecieron redes provenientes de diferentes fuentes –académicas, políticas, militares, económicas- que comenzaron a cimentar las bases para el establecimiento formal de las relaciones; 4) el establecimiento formal de la relación entre Colombia y Corea del Sur después del fin de la Guerra de Corea y; 5) las expectativas de cada uno de los países al momento de establecer la relación bilateral, la cual está fuertemente marcada por unos lazos simbólicos y políticos debido a la participación de Colombia en la Guerra de Corea.
Con este proyecto esperamos contribuir a los estudios sobre política exterior colombiana. Igualmente, tenemos presente que los proyectos investigativos en el PIPEC abren el campo de investigación tanto al análisis sobre diplomacia histórica del país, como al estudio de la relación de Colombia con países de la región asiática. En este sentido, se espera que los hallazgos sirvan como fuente de consulta tanto para estudiantes interesados en la política exterior de Colombia como para la Cancillería colombiana. Finalmente, con la idea de poder compartir los hallazgos de las investigaciones y otros análisis que han hecho los miembros del equipo, se espera poder darle apertura oficialmente este semestre a la página web del PIPEC, la cual se está construyendo desde inicios de este año.
La foto
Coloquio de doctorados de Ciencia Política
Crédito: Carlo Nasi
Lina Chaparro presentó en el coloquio de doctorados de Ciencia Política, su proyecto de tesis: “Las elites empresariales: preferencias en el proceso de definición de modelos de Justicia Transicional”. Los comentarios estuvieron a cargo de Luis Javier Orjuela y Juan Manuel Palacios.
Noticias
Víctor Mijares culminó con éxito su proceso doctoral en la Universidad de Hamburgo
El profesor Víctor Mijares defendió exitosamente su tesis doctoral el pasado lunes 27 de agosto. El título de la tesis es: “Explaining Flaws of Security Regionalism in the Global South: Lessons from South America”, y su jurado estuvo conformado de la siguiente manera: Presidente, Cord Jakobeit (Universidad de Hamburgo); Primer evaluador y director de tesis, Detlef Nolte (Universidad de Hamburgo & GIGA); Segundo Evaluador, Andreas von Staden (Universidad de Hamburgo); Segundo director, Andrés Rivarola Puntigliano (Universidad de Estocolmo).
Víctor recibió el título Cum Laude a su tesis escrita y Magna Cum Laude a la sustentación. ¡Muchas felicitaciones, Víctor!
Carolina Urrego en Razón Pública
La profesora Carolina Urrego publicó este 27 de Agosto, su artículo titulado “Alianza del Pacífico: lo que es vs. lo que quisiéramos que fuera” en la revista Razón Pública.
Aquí pueden consultar su artículo:
Dato de la Semana
Crédito: Observatorio de la Democracia
De acuerdo con los resultados de la Muestra Especial Colombia Rural Posconflicto 2017
Agenda
Seminario DePolítica
Título: Escisiones y formación de partidos nuevos en América Latina
Los partidos políticos son organizaciones que se encuentran fragmentadas y que albergan en su interior corrientes, facciones y grupos de interés; al estar naturalmente fragmentados, la presencia de conflictos es un hecho real cuyas dimensiones pueden variar de acuerdo a la intensidad de los desacuerdos internos. Frente a ello, las facciones en conflicto pueden tomar decisiones que van desde la permanencia en su organización de origen hasta la formación de un partido nuevo (splinter party). Por ello, la pregunta que guía la investigación es: ¿Bajo qué condiciones es posible que una facción escindida de su partido de origen logre consolidarse como un partido nuevo?
Conferencista: María Cristina Osornio Guerrero
Licenciada en Ciencias Políticas y Administración Publica por la UAEMex y Maestra en Ciencias Sociales por la FLACSO México. Actualmente es estudiante del Doctorado en Investigación en Ciencias Sociales con mención en Ciencia Política de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, sede México. Sus líneas de investigación son partidos y sistemas de partidos en América Latina.
Hora: 12:30 a 2pm
Fecha: Miércoles 5 de Septiembre
Inscripciones acá: http://ow.ly/9uqv30lDnPs
Lugar: Por confirmar
Directora
Laura Wills-Otero
Editor
Carlo Nasi
Asistente
Juan Felipe Monroy Simbaqueba
Diseño Gráfico
Víctor Gómez